Colectivo Betsabé Espinel

El colectivo Betsabé Espinel está conformado por mujeres y hombres que luchamos por la creación de las condiciones materiales, legales y culturales para que la mujer pueda desplegar sus cualidades y ejercer sus derechos.

Consideramos que la exigencia de políticas públicas necesarias para el avance significativo de los Derechos de la Mujer debe estar aunada a la exigencia de que nuestro país decida su destino sin la injerencia económica y política foránea, que hoy nos impone las políticas neoliberales, en este sentido, consideramos que las condiciones económicas actuales, castigan a toda la población colombiana pero en mayor medida a las mujeres.

Igualmente, propendemos por la solución democrática y civilizada de las controversias sociales, y condenamos el uso de la violencia.


domingo, 3 de abril de 2016

Noticias- Ejemplar fallo contra la violencia económica.

Tomado de Revista Semana. 2016/03/16

La ley establece que la violencia intrafamiliar no sólo se produce por golpizas e insultos, sino también por presiones económicas.
La Corte Constitucional acaba de emitir un trascendental fallo que protege a las mujeres que son vejadas por la dependencia económica que tienen de sus parejas.
Con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, el alto tribunal determinó que la violencia económica también puede ser causal de divorcio. Eso obliga a quienes la ejerzan a responder por una cuota alimentaria de la que podrá disfrutar su expareja, una vez disuelta la sociedad conyugal.
En todo un infierno se convirtió la vida de una mujer de Bogotá, desde el momento en el que contrajo nupcias. Ya se separó, pero en su momento, las golpizas, gritos, malas palabras y hasta burlas de las que era blanco por parte de su compañero se le convirtieron en el pan de cada día.
Tal vez de dientes para afuera, la solvencia económica del marido pudo haber reflejado tranquilidad, estabilidad y otros valores que casi siempre persiguen las parejas que deciden tener una vida común. Pero hasta eso se había convertido en un problema para esta mujer. Se volvió completamente dependiente del esposo desde el punto de vista económico, mucho más después de que él le impidiera trabajar.
Durante años soportó agresiones y amenazas, sin tener a quién acudir. Luego, para completar, el esposo no tuvo el menor reparo en dejar de pagar los servicios, dejar de comprar el mercado e impedir que se proveyera de los elementos básicos que su compañera sentimental requería para el sustento diario.
Según el testimonio de la mujer, su marido dejó de pagar el gas, el agua, la electricidad y el teléfono. Se llevó todos los carros de la casa, rompió todas las chapas y hasta la dejó sin los cuadros con los que adornaba la vivienda.
Pero como no hay mal que dure cien años, la víctima decidió hablar. Denunció a su marido ante la Fiscalía General de la Nación e inició un proceso de divorcio ante un juez civil de Bogotá.
En el primer frente, la justicia le dio la razón y su marido fue condenado a seis años de cárcel por maltrato intrafamiliar. El asunto de la separación, por el contrario, se convirtió en otro dolor de cabeza.
Teniendo en cuenta que la Ley obliga a que el causante del divorcio responda por una cuota alimentaria mensual a favor de su expareja, la demandante esperaba que su marido pagara con creces el mucho sufrimiento que le causó y se le condenara al pago de una mesada equivalente a los 10 millones de pesos.
Ello no ocurrió. El Tribunal Superior de Bogotá negó el pago de la cuota al concluir que el maltrato era mutuo solamente porque durante un viaje a Villa de Leyva (Boyacá), la mujer, hasta la coronilla de tanta barbarie, le lanzó un secador.
Dispuesta a no desfallecer en su intento de cobrarle a su expareja tantos años de padecimientos, interpuso una acción de tutela que fue escogida para revisión de la Corte Constitucional. Con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, esa corporación amparó los derechos de la tutelante.
Para la Corte, es inexplicable que el testimonio de la hija sobre el trato que su padre le daba a su madre y el sinnúmero de pruebas que demostraban que la relación se convirtió en un monólogo de ultraje contra la demandante hayan sido insuficientes para el tribunal.
No se explica cómo pudo pesar mas una respuesta airada y aislada de una mujer desesperada por semejante horror que una condena por maltrato intrafamiliar para exonerar al esposo de culpa por el divorcio.
“La violencia fue imperceptible y silenciosa a la luz de las autoridades y de la comunidad. Por su poder económico sobre la víctima, adecuó su comportamiento financiero para hacerla dependiente de sus decisiones”, concluyó el alto tribunal.
Aunque es cada vez menos frecuente, en Colombia siguen siendo numerosos los casos en los que las mujeres son víctimas de chantaje por parte de sus esposos, de quienes dependen económicamente. Esta decisión invita a esas mujeres a que inicien procesos de divorcio por violencia.

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